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La persona consumidora puede formular una reclamación o denuncia contra la parte empresarial o profesional que le ha vendido un bien o le ha prestado un servicio, y cuya actuación considera la parte reclamante, que ha vulnerado sus derechos como persona consumidora.

Este trámite no requiere cita previa, le podemos atender:

  • Presencialmente. De lunes a viernes de 11:00 a 13:00, se recogerá número en el dispensador de la entrada al Ayuntamiento y se atenderá por orden numérico.
  • Telefónicamente. De lunes a viernes, exclusivamente de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 14:00 (Durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 13:30 horas)
  • Correo electrónico. Se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y las formas de presentación en la Administración.
  • Oficina Virtual. De 08:30 a 10:30 horas los martes y jueves. Solicitando cita a través del siguiente enlace: 

 

Materia
Consumo
Quién lo puede solicitar

Únicamente “consumidores o usuarios”, entendiendo como tal las personas físicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional, conforme establece el Real Decreto Legislativo 1/2007.

Normativa de referencia
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 1/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998 de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.
  • Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
  • Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Documentación a Presentar

Además del formulario facilitado en esta oficina de consumo por los canales anteriormente indicados, para poder tramitar una reclamación en materia de consumo el denunciante debe adjuntar:

  • Copia de toda la documentación de la que disponga que aclare o justifique los hechos que relata (factura de compra/garantía del producto o servicio adquirido, contrato con empresa suministradora de servicio….etc.).
  • En el caso de que la persona denunciante no sea aquella que compra un bien o adquiere un servicio, necesitará de la autorización de ésta para poder tramitar la reclamación.
Canal de solicitud
  • Sede electrónica municipal (obligatorio para las personas jurídicas y opcional, para las físicas).
  • Presencial: Plaza Mayor, 1 (sólo para las personas físicas).

                * Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.

  • También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en  la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Unidad tramitadora

Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Torrejón de Ardoz

Importes / Tasas

Gratuito

Notas / Sugerencias / Observaciones

Previamente a la presentación de reclamaciones es necesario enviar reclamación y documentación al correo electrónico omic@ayto-torrejon.es en el que se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y se informará de cómo presentarlo ante la Administración.

 

 

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