La persona consumidora puede formular una reclamación o denuncia contra la parte empresarial o profesional que le ha vendido un bien o le ha prestado un servicio, y cuya actuación considera la parte reclamante, que ha vulnerado sus derechos como persona consumidora.
Este trámite no requiere cita previa, le podemos atender:
- Presencialmente. De lunes a viernes de 11:00 a 13:00, se recogerá número en el dispensador de la entrada al Ayuntamiento y se atenderá por orden numérico.
- Telefónicamente. De lunes a viernes, exclusivamente de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 14:00 (Durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 13:30 horas)
- Correo electrónico. Se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y las formas de presentación en la Administración.
- Oficina Virtual. De 08:30 a 10:30 horas los martes y jueves. Solicitando cita a través del siguiente enlace:

Únicamente “consumidores o usuarios”, entendiendo como tal las personas físicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional, conforme establece el Real Decreto Legislativo 1/2007.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 1/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998 de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
- Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
- Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Además del formulario facilitado en esta oficina de consumo por los canales anteriormente indicados, para poder tramitar una reclamación en materia de consumo el denunciante debe adjuntar:
- Copia de toda la documentación de la que disponga que aclare o justifique los hechos que relata (factura de compra/garantía del producto o servicio adquirido, contrato con empresa suministradora de servicio….etc.).
- En el caso de que la persona denunciante no sea aquella que compra un bien o adquiere un servicio, necesitará de la autorización de ésta para poder tramitar la reclamación.
- Sede electrónica municipal (obligatorio para las personas jurídicas y opcional, para las físicas).
- Presencial: Plaza Mayor, 1 (sólo para las personas físicas).
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Torrejón de Ardoz
Gratuito
Previamente a la presentación de reclamaciones es necesario enviar reclamación y documentación al correo electrónico omic@ayto-torrejon.es en el que se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y se informará de cómo presentarlo ante la Administración.