Concesión de autorización para tenencia y uso de armas dentro del término de torrejón de ardoz comprendidas en la cuarta categoría del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de junio y en la Orden INT/2680/2012, de 27 de diciembre, (armas utilizables en las actividades lúdicos-deportivas de airsoft y painball). Fuera del término de Torrejón solo habilitaría a portarla.
Personas físicas propietarias o poseedoras de armas en el término de Torrejón de Ardoz
Requisitos:
- Estar empadronado en Torrejón de Ardoz
- Tener catorce años de edad cumplidos para las armas de categoría 4.1 ( tarjeta tipo A) y sin límite de edad para las armas de categoría 4.2..(tarjeta tipo B). En ambos casos, la solicitud debe acompañarse de la correspondiente autorización de quien ostente la patria potestad o tutela del menor, fotocopia del libro de familiia o del documento acreditativo de la tutela y fotocopia del documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del autorizante.
-Ley 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
-Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de junio y en la Orden INT/2680/2012, de 27 de diciembre, (armas utilizables en las actividades lúdicos-deportivas de airsoft y painball).
-Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y uso de armas de cuarta categoría y armas lúdico-deportivas en el municipio de Torrejón de Ardoz, aprobada por acuerdo plenario de 28 de enero de 2015 (BOCM 14/02/2015)
- Formulario específico de solicitud (descargar más abajo)
- Documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte del solicitante en vigor con el domicilio actualizado.
- Factura que acredite la propiedad del arma donde se especifica las características de la misma.
- Informe de armero autorizado con la información del arma.
- Tarjeta de armas (sin marcas ni dobleces): tres amarillas, firmadas por el solicitante, y dos blancas sin firmar.
- Justificante del pago de los tributos municipales correspondientes.
- Certificado de antecedentes penales.
Si el solicitante fuera menor de edad, además:
- Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela
- Fotocopia del libro de familia o del documento acreditativo de la tutela
- Documento de identidad del/la autorizante
Si el solicitante fuera personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además:
- Certificado de la autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que preste servicio.
CANAL DE SOLICITUD
- Sede electrónica municipal (obligatorio para las personas jurídicas y opcional, para las físicas).
- Presencial: Plaza Mayor, 1 (sólo para las personas físicas).
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Policía Local
Pago de la tasa establecida en la Ordenanaza fiscal reguladora de la tasa por tramitación expedición de documentos.
También debe comunicarse al Ayuntamiento:
- Renovaciones
- Transmisiones de titularidad
- Cesión temporal (15 días)
- Bajas o cese de uso
- Expedición de copias de tarjetas por robo o extravío
VALIDEZ:
- Tarjeta TIPO A: 5 años (limitada al municipio de Torrejón de Ardoz)
- Tarjeta TIPO B: permanente (limitada al municipio de Torrejón de Ardoz)
Las armas objeto solo podrán utilizarse en los polígonos, galerías o campo de tiro o espacios idóneos autorizados. Bajo ningún concepto esta práctica se realizará en lugares o vías públicos urbanos.
La tarjeta debe acompañar siempre al arma.